Mediación familiar ¿Para qué?
Introducción.
La mediación familiar es un proceso extrajudicial que sirve para solucionar un conflicto surgido en el seno de la familia. En este proceso intervienen las partes con la intervención de un profesional especializado y autorizado por el Registro de Mediadores correspondiente en el Ministerio de Justicia y, en su caso, por la Comunidad Autónoma correspondiente, a través del órgano competente (en Andalucía corresponde a la Consejería de Salud y Familias). Gracias a este proceso se evita la instancia judicial y se puede mejorar la relación entre las partes en conflicto, asunto importante cuando hay menores y la comunicación siga siendo necesaria entre los miembros de la familia. Una vez alcanzado un acuerdo, que suele ser en un plazo breve, se puede elevar a escritura pública para que tenga carácter ejecutivo. En el caso de que se hay iniciado un proceso judicial, también se puede homologar por el juzgado que inició dicho proceso, teniendo igualmente carácter ejecutivo.
¿Quién puede acudir a mediación familiar?
Cualquiera de las partes que se encuentre en situación de los siguientes supuestos:
- Separación, divorcio o nulidad matrimonial.
- Por disolución de parejas de hecho.
- Por asuntos relacionados con el cuidado de personas en situación de dependencia.
- Por el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela.
- Cumplimiento del régimen de visitas.
- Parientes que gestionan un negocio familiar.
- Por conflictos derivados del régimen de visitas y comunicación de abuelos con sus nietos.
- Por conflictos relacionados entre padres adoptivos, hijos adoptados y padres biológicos.
- Del mismo modo en los casos de acogimiento familiar y los conflictos que se puedan derivar.
- Entre menores y familiares hasta tercer grado de consanguineidad.